RUTEROS DEL DESIERTO M.C.

Fundado el 27 de Junio de 2001
Personalidad Jurídica 692 de la I. Municipalidad de Copiapó
Rut: 95.496.070-4

(Organización sin fines de lucro con fines deportivos Código: 93509)

 

Enmiendas             Estatutos

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB

APROBADO EL 30 DE ENERO DEL 2004

 

ARTICULO I.-ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA

En reunión extraordinaria durante la cena de aniversario del club, todos los socios activos al día en sus obligaciones, en voto secreto, elegirán a uno de sus pares, quien dirigirá el club por un período de un año, a contar de esa misma fecha.

Todos los socios activos en situación regular son factibles de ser elegidos para el cargo de presidente del club. Si algún socio tiene motivos fundamentados para no ejercer el cargo de Presidente debe excusarse y argumentar motivos, para ser eximido como candidato.

Será elegido presidente el socio que obtenga mas votos. Solamente en caso de empate se procederá de inmediato a una 2da.vuelta.

El nuevo presidente del club deberá en un plazo no mayor de una  Semana nominar a los socios que se constituirán en la Directiva del Club.

La Directiva deberá estar conformada por: 1 Vicepresidente, 1 Secretario. 1 Tesorero, y 1 o 3 Directores.
La directiva debe estar conformada por un número impar de miembros.
El presidente está facultado para elegir a otros funcionarios para que ocupen cargos determinados, Ej., Pro secretario o Pro tesorero, si fuera necesario para el buen funcionamiento del club.

El presidente podrá reemplazar a cualquiera de los miembros de la directiva si lo estima conveniente, priorizando siempre, los intereses del club.

El presidente deberá presidir todas las reuniones del club, De no estar presente, esta función la ejercerá automáticamente el vicepresidente. En ausencia también de este la reunión será presidida por el  director.

Si faltare el Secretario o el tesorero estos cargos deberán ser ejecutados por los directores en primer lugar, o por quien designe extraordinariamente el presidente..

 

ARTICULO II.- DEBERES DE LA DIRECTIVA

PRESIDENTE Presidirá las reuniones ordinarias y extraordinarias

Representará al club en todos los actos oficiales y protocolares. Además ejecutará todas las labores inherentes a su cargo.

VICEPRESIDENTE Presidirá las reuniones del club en ausencia del presidente y podrá a petición del presidente, reemplazar a cualquier funcionario que esté ausente.

y de cuya función se requiera para el buen funcionamiento del club.

SECRETARIO Deberá llevar al día el registro de los socios con sus datos personales. Levantar y conservar las Actas de todas las reuniones. Estará a cargo de toda la correspondencia tanto recibida como enviada y el despacho de esta. Apoyará y facilitará el trabajo del presidente del club más todas las labores inherentes a su cargo.

TESORERO Deberá custodiar los fondos y los bienes del club, llevar una contabilidad clara y transparente de entradas y gastos. Mantener el libro caja siempre disponible por si un socio lo requiere. Deberá efectuar una cuenta detallada o balance escrito por lo menos una vez en el año Al término de su función deberá entregar tanto los fondos como los bienes a su custodia, los libros y el registro de pago de cuotas de los socios.

DIRECTORES Integran la directiva del club con derecho a votar las decisiones del directorio, Deberán cumplir en los cargos, reemplazando a los titulares, cuando así lo señale el presidente y además con todas las labores y obligaciones inherentes a los directores del club

ARTICULO III.- REUNIONES

Las reuniones ordinarias del club se realizarán todos los días Viernes a las 22 Hrs. en la Sede del club.

El último Viernes de cada mes la reunión será de carácter obligatorio, destinada a efectuar votaciones para aprobar las enmiendas presentadas u otros acuerdos que requieran consentimiento de todos los socios. También se destinarán estas reuniones mensuales obligatorias para dar la bienvenida a nuevos socios y otros eventos similares

En una reunión obligatoria el el 50% +1 de los socios asistentes constituirán quórum para votar cualquier decisión.

La reunión aniversario del club se considera obligatoria. En esta reunión se elegirá el presidente del club y para ello se requiere una asistencia mínima del 75% de los socios activos.

 

ARTICULO IV.-  CUOTAS

1.- Cuota de ingreso. Esta deberá ser cancelada por todo socio nuevo que ingrese al club esta cuota tiene un valor de $ 10.000.- y se paga por una sola vez.

2.- Cuota ordinaria. Esta cuota es mensual y tiene un valor de $ 3.000.- y deberá cancelarse dentro de las dos primeras reuniones de cada mes. La fecha máxima para cancelarla será el último Viernes del mes correspondiente a dicho pago.

 

3.- Si el último viernes del mes el socio no cancelare su cuota y además se encuentre en mora por los dos meses anteriores, se considerará automáticamente suspendidote acuerdo al artículo 5º de los estatutos prescritos para organizaciones comunitarias y por lo tanto pierde sus derechos a votar y a recibir los beneficios que se otorgan a los socios regulares.

Exclusión. Sí el socio cumpliera 6 meses en mora con el cumplimiento de sus cuotas ordinarias o extraordinarias, será eliminado automáticamente de los registros del club, de acuerdo a lo que se indica en el Artículo 7 en la letra J de los Estatutos de Asociaciones comunitarias.

 

ARTICULO V.-  INGRESO DE NUEVOS SOCIOS

Cualquier socio puede invitar al club a su amigo con la intención de que ingrese como nuevo socio, siempre que cumpla con los requisitos estipulados en el Artículo 2 Y 4 de los Estatutos prescritos para organizaciones comunitarias y específicamente para la organización denominada Ruteros del Desierto M.C.

El invitado deberá asistir al menos a 4 reuniones (Ordinarias o extraordinarias) para conocer los objetivos del club sus Estatutos su Reglamento Interno y a los miembros que integran  la organización.

En la reunión siguiente a las 4 reuniones de asistencia obligatoria los socios tienen la facultad de hacer presente al presidente el rechazo al ingreso del postulante, fundamentando las razones para este rechazo.

En estas circunstancias y salvo que las razones del rechazo se consideren no justificadas, el socio no será invitado a ingresar al club.

 

ARTICULO VI.-  ENMIENDAS

1.- Cualquier socio puede solicitar una modificación o enmienda a cualquier artículo de este Reglamento Interno. Pare estos efectos deberá propones la modificación en la asamblea, fundamentando la conveniencia de la enmienda.

2.- La enmienda propuesta será votada en la siguiente reunión oficial avisando oportunamente que se votará una enmienda. De ser aprobada, por mayoría simple con un quórum mínimo del 60% de los socios regulares, esta comenzará regir desde la siguiente reunión ordinaria.

ARTICULO VI.- DEl PROTOCOLO.

1.- En los eventos oficiales del club, como desfiles, encuentros y cena aniversario los socios deberán lucir el uniforme del club.

Este consiste en una chaqueta de cuero u otro material de color negro y sobre esta, una chaqueta de mezclilla sin mangas quien en su espalda llevará cosido el logo oficial del club confeccionado en cuero.

Cuando no se esté usando la chaqueta, se usará una polera color amarilla o negra con el logo del club. La negra se usará en Invierno y la amarilla en Verano.

Así mismo las motos deberán portar en este tipo de eventos, una banderola color amarilla con el logo del club.

 

EN COPIAPÓ A 30 DE ENERO DE 2004
Presidente:   Jean Pierre Bondi O.
Secretario:    Tomás Toro-Moreno Villarroel
 

 

ARTÍCULO VIII  – DE LOS BENEFICIOS

En reunión extraordinaria del Viernes 30 de Octubre de 2008  y de acuerdo al Artículo VI de este reglamento interno en lo referente a efectuar enmiendas, agregados y /o modificaciones al Reglamento Interno del Club, se ha acordado lo siguiente:

a)      Cuando un socio o grupo de socios, concurra a un encuentro motoquero oficial, en cualquier lugar
geográfico, recibirá por parte del club una bonificación de $ 10.000.- por socio, entendiéndose que
tiene, o tienen,  la responsabilidad de representar a nuestro club activamente en dicho encuentro.

b)      Los socios que concurran, en cualquier fecha a paseos programados en alguna reunión anterior.
siempre que concurran a dicho paseo no menos de 8 socios y que el recorrido total (ida y vuelta)
 sea no menor a 200 Km., recibirán una bonificación especial al regreso, de $ 5.000.- por persona.
 

c)      Para optar a estos beneficios, se entiende que el socio debe estar al día en sus cuotas ordinarias y extraordinarias.

d)     Se considera que el socio está al día cuando tiene cancelada la cuota correspondiente al mes anterior
 al que se realiza el encuentro o al paseo, según el caso.

Presidente: Mauricio González M
Secretario:  Tomás Toro-Moreno V.

                      ARTICULO IX - DE LAS DISPENSAS

                  a)  Todo socio que por razones de trabajo, traslados, enfermedad prolongada, etc,
                         no pueda concurrir regularmente a las reuniones y/o  paseos del club, podrá
                        solicitar una dispensa por 6 meses,  renovables indefinidamente.

                 b)   Esta dispensa debe ser presentada por escrito o personalmente a la directiva
                        del club, explicando los motivos que la justifican.
                 c)     La dispensa otorgará  al socio los siguientes beneficios:

                      - Seguir siendo socio y poder participar en todos los eventos y celebraciones.

                     -  No tener la obligatoriedad de pagar la cuota mensual

                     -  No tener la obligación de  asistir a las reuniones.

                     -   Poder además reintegrarse al club cuando las condiciones lo permitan,
                         sin tener que cancelar cuota de inscripción ni tampoco reuniones previas.

                 d)   El socio en dispensa no podrá optar :

                         A beneficios, bonificaciones, invitaciones  o adquisición alguna que el club
                         financie en beneficio de sus asociados.
                         El socio con dispensa no tiene derecho a voto.
 

                  e)   El socio puede solicitar por escrito la renovación por otros seis meses de la
                        dispensa.
                        De no hacerlo, dos meses después de vencido el plazo del período de dispensa
                         vigente, el socio será dado de baja definitivamente del  club.
 

ARTICULO X .- DE LA AMPLIACIÓN DE LA MODALIDAD DEL DERECHO A VOTO

                En reunión oficial del Viernes 29 de Mayo de 2009 se aprobó una  enmienda
                al Reglamento Interno  con relación a la modalidad de votar.

                a) Todo socio que por razones justificadas sean estas de trabajo, enfermedad
                    o encontrarse en un lugar distante  de Copiapó, podrá emitir su voto telefónicamente.

                b) Este derecho será válido para acuerdos importantes, modificación del Reglamento
                    Interno y elección de los funcionarios de la directiva.

                c) La votación vía teléfono debe hacerse al presidente o a quien presida la reunión
                    oficial y dentro del transcurso de esta, en su horario normal.

                d) El secretario deberá publicar en la página oficial del club o en el correo interno,
                    si existen puntos a votar en la siguiente reunión oficial, para que todos los socios
                     estén informados con la debida  anticipación.

                  COPIAPÓ, 29 de Mayo de 2009.
 

                                                              Presidente:   Mauricio González M
                                                               Secretario:  Tomás Toro-Moreno V.